Viajar con niños
Consejos para viajar

Cómo y cuándo sacar el carnet de identidad y el pasaporte a los niños

Obtención del pasaporte
Sapos y Princesas
Sapos y Princesas
Fecha de actualización: 11.01.19

A los padres les surge muchas veces la duda de si es necesario sacar el DNI o el pasaporte a nuestros hijos. El carnet de identidad no es obligatorio hasta los 14 años, pero el pasaporte es un documento obligatorio en algunas situaciones incluso cuando los niños son menores de 14 años.

Siempre que se viaja con niños al extranjero deben ir correctamente identificados con el DNI para España y la Unión Europea o con el pasaporte para el resto del mundo. El menor debe estar presente en el momento de la expedición del pasaporte o del carnet de identidad.

Documentos necesarios para la obtención del DNI

Para tramitarlo se deberá pedir cita previa  y consultar antes las oficinas de expedición por provincias en la web de la Policía Nacional. Hay que tener en cuenta el abono en efectivo de la tasa o utilizando el pago por vía telemática y que hay que entregar ciertos documentos.

Cuando el menor no posee el DNI

Si el menor no está en posesión del carnet de identidad, se debe presentar la partida de nacimiento expedida por el Registro Civil. Debe tener una antigüedad desde la expedición de 6 meses y tiene que  figurar expresamente que ha sido pedido para la obtención del pasaporte. Se puede  solicitar la partida de nacimiento presencialmente acudiendo al Registro Civil donde conste inscrito el nacimiento, con el formulario debidamente cumplimentado disponible en la web del Ministerio de Justicia; por correo enviando el mencionado formulario o una carta al Registro Civil siguiendo las indicaciones de la misma web; o de manera telemática a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.

Cuando el menor ya posee el DNI

Si el menor ya tiene el carnet de identidad, los documentos necesarios son los mismos que para los niños mayores de 14 años. Deberá presentar el DNI del menor, ya que se encuentra dentro de la edad que hace obligatoria este documento de identidad. Además, es necesario llevar una fotografía reciente de 32 x 36 en color y con el fondo blanco, de frente y sin objetos que puedan dificultar la identificación de la persona. Si el carnet de identidad del solicitante tiene una antigüedad inferior a dos años y no existen cambios importantes en la fisonomía, no hará falta la fotografía.

Identificación de progenitores o responsables

También es necesario que los progenitores o aquellas personas responsables del menor se identifiquen con el carnet de identidad y demuestren además su relación de parentesco o asignación de la tutela a través del libro de familia o la resolución judicial o administrativa correspondiente. Debido a un nuevo decreto tendrán que acudir los dos progenitores.

“Cuando el titular del DNI 3.0 sea menor de 14 años o, persona con capacidad judicialmente complementada, se llevará a cabo en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o tutela, o persona apoderada por estas últimas en el momento de la expedición. Estas personas deberán acreditar su identidad con el Documento Nacional de Identidad en vigor, en el caso de ciudadanos españoles, o con la tarjeta de identificación de extranjeros, o documento oficial válido para entrar o residir en España, también en vigor, en el caso de los extranjeros…”, como señalan en la web del cuerpo Nacional de Policía.

En caso de que la persona que ejerza la patria potestad sea extranjera, es necesario el número de identificación de extranjeros.

Obtención del pasaporteEl pasaporte para los menores de edad

Para la expedición del pasaporte a los menores de edad, siempre hay que constar el consentimiento expreso de quienes tengan atribuido el ejercicio de la patria potestad o tutela. Este lo deben prestar TODAS las personas que ostenten la patria potestad o tutela, y no únicamente la guardia y custodia del menor.

Cuando los progenitores están separados o divorciados

En el caso de que la patria potestad/tutela esté otorgada a ambos progenitores, el consentimiento debe ser prestado por los dos. Si se presenta una Sentencia, Auto o Resolución Judicial por la cual se priva a uno de los padres de la patria potestad el pasaporte se emitirá con la sola autorización del otro progenitor.

Igualmente, si se presenta una Sentencia, Auto o Resolución Judicial que dice que los dos padres ostentan la patria potestad, pero atribuye su ejercicio en exclusiva a uno de ellos, el pasaporte se emitirá con la sola autorización de quien tiene atribuido su ejercicio. En el supuesto de que la tutoría la tenga atribuida una Entidad Pública que en cada Comunidad Autónoma ostente las competencias de protección de los menores, esa institución debe otorgar la autorización.

Obtención del pasaporte

Para obtener el pasaporte es también necesario como para el DNI pedir cita previa a través de Internet en y asegurarse de tener toda la documentación necesaria para esa fecha. El periodo de validez del pasaporte para menores de 0 a 5 años es de 2 años. Si el titular tiene menos de 14 y no tiene DNI, el periodo de validez asciende hasta que el menor cumpla la mencionada edad sin superar los cinco años de vigencia en ningún caso.

Documentos a aportar por los menores

Cuenta también con una tasa que se puede pagar en efectivo o telemáticamente y se deben entregar también los siguientes documentos. Cuando la persona que solicite la expedición del pasaporte es menor de edad y no está en posesión del DNI, por no estar obligado a su obtención, deberá aportar una certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente con una antelación máxima de 6 meses a la fecha de presentación de la solicitud de expedición del pasaporte y que contengan la anotación de que se ha emitido a los solos efectos de la obtención de este documento.

Por último, debe aportar también una fotografía reciente en color del rostro del solicitante, tamaño 32 x 26 milímetros, con fondo uniforme blanco y liso, tomada de frente y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir la identificación. Cuando el ciudadano haya renovado su DNI en los 2 años anteriores a la expedición de su pasaporte, no será necesaria la presentación de fotografía.