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‘No se admiten niños’, el crecimiento de la ‘niñofobia’

Cada vez es más frecuente encontrarse con restaurantes, hoteles, cines, vuelos…en los que no se admiten menores, triunfando así el only adult (ocio solo para adultos). ¿Estamos ante un crecimiento de ‘niñofobia’ o de negocio?

Algunos establecimientos, como el Restaurante Miceli, están dedicados a un nicho de mercado en el que no se contempla la presencia de niños: “Quizás el problema sean los padres, que los dejaban correr por el restaurante, entrar y salir, o extender sus juguetes por el suelo, o pintar en la mesa…Nosotros buscamos un ambiente de tranquilidad, en el que solo tienen acceso los mayores de 12 años. Cuando se nos juntaban en el restaurante dos o tres mesas con niños, estábamos muy lejos de conseguirlo. El último factor que nos llevó a decidir no aceptar niños es que en el 90% de los casos había que hacerles platos especiales. Funcionamos con un menú degustación que cambia a diario, sin carta, empezando de cero cada día. Y tener que hacer espaguettis o nuggets nos complicaba enormemente el servicio. Conseguíamos menos facturación.” Afirma Javier Arés, propietario del restaurante junto con Marga Coll.

En ocasiones, una empresa decide adaptarse a las necesidades de un único modelo de cliente para ampliar su negocio. Esta es una de las conclusiones del secretario general de la Federación Española de Hostelería y Restauración (FEHR), Emilio Gallego. “Hay que contextualizar bien el tema. Se están especializando en un segmento de mercado: puede ser para parejas, adultos en general…que prefieren estar en un entorno relajado. En términos absolutos, el número de establecimientos que siguen esta política es mínimo y hay alrededor de 300.000 restaurantes en España. Hay que verlo con normalidad, como un desarrollo de la oferta de hostelería”.

Para algunos de los usuarios de Facebook de Sapos y Princesas se trata de un problema de discriminación. Para otros, sin embargo, resulta una idea provechosa y respetable:

-“Si se educa bien a un niño no se le tiene que prohibir la entrada a ningún sitio”. Guadalupe Lupe

-No es lo mismo decir «no se aceptan niños malcriados, si su hijo no cumple con el comportamiento de acuerdo a su edad, debe retirarse» a «en este local no se aceptan niños». Sandra Verónica Zamora

-Es una total violación a los Derechos Humanos (discriminación) claro que hay que educar bien a los niños, pero no prohibirles que jueguen, que estén como plantitas en un lugar sin moverse. Betty Hernández

-Me parece bien, llega un momento que aunque tu seas padre, ya no te apetece aguantar niños de otros. Lo bueno es que puedes elegir tanto unos como otros. No es una prohibición general. Siempre habrá un lugar perfecto para los que están criando y otro para los que ya pasamos esa etapa. María José Trenado

-Totalmente respetable, lo mismo que hay locales en los que no pueden entrar los perros, o los menores de 18 o de 21, o donde no puedes entrar en zapatillas. Eli La Ra

-Me parece genial sobre todo tener la opcion de escoger entre un restaurante familiar, o uno con un ambiente mas intimo donde mi marido y yo podamos disfrutar de una velada sin niños. Natalia La Fantastica

Esta polémica genera la duda de si dicha exclusión es legal o no.

«Lo primero que debemos tener claro es si se trata de establecimientos financiados con fondos exclusivamente privados o si, por el contrario, cuentan con financiación pública. En el primer caso, quien aporta el capital dispone de total libertad para definir a los usuarios del servicio que presta. De esta manera, no merecen ninguna reprobación jurídica. La perspectiva, sin embargo, cambia de signo si estamos ante actividades o servicios que reciben subvenciones o fondos públicos», señala Ana Carmona profesora de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla. Tamara Álvarez menciona la confrontación entre dos derechos constitucionales: la libertad de empresa (art 38 C.E.)  y el derecho a la Igualdad (art 14C.E.).

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) asegura que se vulneran los derechos del niño: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. Este es uno de los principios rectores de no discriminación y está recogido en las principales Declaraciones y Convenciones Internacionales de Derechos Humanos, incluida la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, firmada y ratificada por España y por tanto de obligado cumplimiento en nuestro territorio. Los establecimientos siempre han tenido la potestad de ejercer el derecho de admisión, entendiéndose este como una prerrogativa ante determinados comportamientos o actitudes puntuales, y teniendo siempre una causa justificada y objetiva. Prohibir la entrada a todo un colectivo por razón de su edad, salvo que esta prohibición se establezca precisamente por el bien y protección de los niños, es tan discriminatorio como hacerlo por razón de su raza, sexo, religión o ideología”.

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